Dentro del marco de emergencia nacional contenida en el Decreto de Urgencia Nº 026-2020, se ha declarado la suspensión por 30 días hábiles, contados a partir del 16 de marzo de 2020, del cómputo de los plazos de tramitación de los procedimientos administrativos sujetos a silencio positivo y negativo que se encuentren en trámite. Excepcionalmente, no se suspenderán aquellos que cuenten con un pronunciamiento de la autoridad pendiente de notificación a los administrados.
De la misma forma el Poder Judicial, a través de su Consejo Ejecutivo, ha publicado la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ, que dispone la suspensión de los plazos procesales y administrativos, a partir de hoy 16 de marzo y por el plazo de quince días calendario. Este periodo de suspensión no será considerado en el cómputo del tiempo respecto al trámite de los procesos judiciales y administrativos.
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