Mediante Decreto Supremo N°012-2022-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante MVCS) aprobó el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Planificación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible.
Inicia un nuevo panorama en la administración pública que optimiza el aprovechamiento del suelo en aras de garantizar el interés común y bienestar de toda la ciudadanía. En ese sentido se crean nuevos mecanismos que certifican el desarrollo urbano sostenible, regulado por la Ley N°31313, el cual busca implementar un ambiente saludable dirigido a los ciudadanos, y asegurando una administración racional de los recursos naturales.
Si bien es cierto el presente reglamento tiene como objetivo general promover y establecer reglas para lograr el desarrollo urbano sostenible a través del acondicionamiento territorial y la planificación urbana, es importante resaltar algunas características de la norma anteriormente señalada:
1. Planes para el acondicionamiento territorial y desarrollo urbano
Con el objetivo de promocionar el acondicionamiento físico-territorial para el desarrollo sostenible conjuntamente con la participación efectiva de la ciudadanía (mediante mecanismo publicitarios y comunicativos), los nuevos planes implementados según el gobierno local respectivo y alcance territorial son los siguientes:
Instrumentos de Acondicionamiento Territorial (PAT) | Instrumentos de Planificación Urbana (PDM, PU y EU) | Instrumentos de Planificación Urbana Complementarios (PE y PI) | Otros planes que el PAT y los Instrumentos de Planificación Urbana definan |
2. Instrumento de acondicionamiento territorial
Como principal proceso el Plan de Acondicionamiento Territorial (PAT) dirigido por las municipalidades a nivel nacional, de conformidad con los gobiernos regionales y nacionales, tiene la labor de administrar el espacio público a través del aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, determinando así la el rango jerárquico y caracterización de las ciudades y centros poblados.
Cabe resaltar la importancia del Sistema de Ciudades y Centros Poblados, el cual tiene como finalidad fortalecer la integración espacial, social, económica y administrativa del territorio nacional, reconociendo los centros poblados dinamizadores y sus unidades de planificación urbana y territorial; de esa manera este sistema establece los criterios jerárquicos y usos de las ciudades y centros poblados desarrollados posteriormente en los PAT.
Para finalizar la participación del MCVS se da como aquel organismo no competencial en la materia de urbanismo y desarrollo urbano, por lo que, mediante la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, será el encargado de resolver las discrepancias entre gobiernos municipales, incluyendo el recurso de apelación, agotando la vía administrativa.
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