A través de la Ley N°31560, el Congreso de la República aprobó otorgar competencia compartida a entidades de nivel municipal respecto del proceso de formalización de aquellas propiedades obtenidas de manera informal.
En aras de agregar a las funciones del gobierno local el saneamiento y verificación de los antecedentes de una propiedad, esta norma implica la modificación de distintos artículos, de la Ley N°27972 – Ley Orgánica de Municipales, que se pronuncian respecto de la competencia municipal.
En ese sentido si bien anteriormente las materias de competencia municipal abarcaban la zonificación, habilitación urbana, catastro rural y urbano, entre otros, ahora se implementa el saneamiento físico legal de aquellas posesiones informales promoviéndose de esa manera la verificación, titulación y reconocimiento de las posesiones.
Cabe resaltar que, las entidades provinciales estarán encargadas de participar en el proceso de formalización hasta la inscripción de los títulos en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP).
Por último, la presente norma no es aplicable para ciertas entidades tales como aquellas distritales ubicadas en las capitales de departamento y en el ámbito de Lima Metropolitana, así como a las municipalidades distritales en localidades cuya delimitación territorial se encuentre en conflicto.
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