El día de hoy, ha entrado en vigencia el Decreto Supremo N° 103-2019-PCM, que establece el nuevo Reglamento de Sistema de Arbitraje de Consumo (RSAC).
El reglamento pretende hacer más ágil y expeditivo, y en consecuencia más atractivo, el sistema de arbitraje de consumo implementado el año 2011, introduciendo nuevas reglas para el uso de este mecanismo.
Los puntos más relevantes son los siguientes:
1. El plazo máximo para la emisión de laudos se reduce de 90 a 45 días.
2. Las Juntas arbitrales de consumo podrán constituirse en diferentes entidades o personas juridicas de derecho público.
3. Se establece la creación del Registro Único de Arbitros.
4. Las partes tendrán la libertad de elegir a los arbitros que conformarán el Tribunal Arbitral para resolver su conflicto.
5. Los consumidores podrán adherirse parcialmente de acuerdo a los siguientes terminos:
a. Adhesión respecto a determinados productos o servicios puestos a disposición de los consumidores en el mercado del proveedor.
b. Adhesión respecto de la petición de indemnización por daño emergente y/o lucro cesante.
En caso de requerir asesoría para procedimientos de esta naturaleza y, en general, para el cumplimiento de normas en materia de derechos de consumidor , puede contactarnos al siguiente correo electrónico: contacto@estudiosanabria.com
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