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Nuevos actos registrales inscribibles de atención preferente

Actualizado: 15 jun 2019

El día de hoy, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), ha publicado la Resolucion N° 127-2019-SUNARP/SN, mediante la cual se aprueba la atención de solicitudes de inscripción en el Registro de Predios de los actos de Levantamiento de Bloqueo y Levantamiento de Hipoteca que cuenten con las siguientes caracteristicas:

  • Se trate de un solo predio.

  • Que el predio pertenezca a un solo titular registral.

  • Recaiga sobre una sola partida registral.

En dichos casos, el plazo preferente será de 48 horas, dicho plazo tambien se homologa a las atenciones de reingresos por subsanación o pago de liquidaciones de mayor derecho.


En caso de requerir asesoría para procedimientos de esta naturaleza y, en general, para el cumplimiento de normas de naturaleza registral e inmobiliaria, puede contactarnos al siguiente correo electrónico: contacto@estudiosanabria.com.

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