Se publicó la Resolución Ministerial Nº 675-2022/MINSA, mediante el cual se modifica la Directiva Administrativa Nº 321-MINSA/DGIESP-2021, la misma que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2, aprobada por Resolución Ministerial Nº 1275-2021/MINSA.

Detallamos los aspectos más relevantes a tener en cuenta:
El aislamiento será por un lapso de siete (7) a diez (10) días, según lo establecido en la Resolución Ministerial N° 834- 2021/MINSA se computan a partir de la fecha de inicio de síntomas del caso.
Una vez culminado el periodo de aislamiento diagnosticado, el médico tratante deberá emitir el alta, el cual debe ser revisado por el médico del servicio de salud y seguridad en el trabajo o el que haga sus veces.
Los empleadores optarán por garantizar un ambiente seguro de trabajo, verificando que todos los empleados estén debidamente vacunados contra la COVID-19.
Elaborar el “Plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en el trabajo”, el mismo que debe ser remitido al Comité de Seguridad y Salud en el trabajo o al Supervisor de Seguridad y Salud en el trabajo.
Los trabajadores con vacunación incompleta o pendiente deberán presentarse al servicio de seguridad y salud en el trabajo, para completar su esquema de vacunación al retornar al trabajo presencial, remoto o mixto de acuerdo a la necesidad del servicio.
Para la reanudación del trabajo presencial debe ser valorada por el médico del servicio de salud y seguridad en el trabajo o quien haga de sus veces, para precisar el estado de salud y riesgo individual de cada trabajador.
Los trabajadores que se encuentren en alguno de los grupos de riesgo, realizan trabajo presencial, remoto o mixto de acuerdo a la necesidad del servicio.
Se ordena dejar sin efecto el Anexo 8, dispuesto en la Directiva Administrativa N° 312-MINSA/DGIESP-2021, mediante el cual se establecen las pautas para el regreso progresivo de los trabajadores a las actividades laborales.
Finalmente, las empresas deberán tomar las medidas preventivas para reducir el riesgo de transmisión de SARS-CoV-2, es así que, este tiene las facultades de gestionar, implementar y aplicar estas nuevas modificaciones con la finalidad de salvaguardar al personal a cargo.
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