El día de hoy, el Gobierno ha publicado la Resolución Ministerial 309-2020-IN, que aprueba el protocolo para la implementación de las medidas que garanticen el ejercicio excepcional del derecho a la libertad de tránsito, que ya se habian adelantado en un anterior comunicado.
A través de esta resolución, se precisa que su objetivo es reaizar un adecuado control de las personas que se desplacen para la prestación de bienes y servicios esenciales como, actividades de producción y distribución de alimentos y medicinas, atención en salud, medios de comunicación, transporte, venta de combustible, seguridad privada, entre otros, que con el pase personal laboral y de manera excepcional se encontrarán habilitadas a desplazarse durante las 24 horas, y solo para el desarrollo de sus trabajos
De esta manera, a partir de esta medida la inmovilización social es obligatoria para todas las personas en sus domicilios, desde las 18:00 horas hasta las 05:00 horas del día siguiente, con excepción de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, en la que rige desde las 16:00 horas hasta las 05:00 horas del día siguiente.
En caso requiera asesoría para procedimientos de esta naturaleza y, en general, para el cumplimiento de nomatividad empresarial, puede contactarnos al siguiente correo electrónico: contacto@estudiosanabria.com.
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