El Gobierno ha publicado el Decreto Supremo 131-2021-PCM, a través del cual se dispone modificar los niveles de alerta por provincia y departamento y se actualizan algunas restricciones a los derechos constitucionales.
A continuación, detallamos los aspectos más relevantes de esta norma:
1. Se prorroga el Estado de Emergencia desde el domingo 01/08/2021 hasta el 31/08/2021.

2. Se modifican los niveles de alerta y disposiciones de inmovilización social desde el 12/07/2021 hasta el 08/08/2021, de acuerdo con el siguiente detalle:

3. Se actualizan las restricciones focalizadas, desde el 12/07/2021 hasta el 08/08/2021, de acuerdo con el siguiente detalle:

4. Los gobiernos locales establecen medidas para reducir el riesgo de actividades en lugares cerrados sin adecuada ventilación y el riesgo de aglomeraciones, teniendo en consideración los siguientes lineamientos: establecer la adecuada ventilación de espacios cerrados; delimitar espacios físicos y cierre de accesos, con el objeto de controlar y diferenciar las zonas de entrada y de salida; establecer límites de aforo y horarios de supervisión en las horas de alta afluencia del público; implementar medidas idóneas para efectuar el control efectivo de aforos; facilitar el uso de los espacios públicos al aire libre.
5. Los establecimientos comerciales deben cerrar 01 hora antes del inicio del toque de queda, con excepción de los ubicados en el departamento de Lima y Provincia Constitucional del Callao, que deben cerrar al menos 2 horas antes.
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