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Gobierno aprueba documento de responsabilidad voluntaria para grupo de riesgo

El gobierno ha publicado el día de hoy, la Resolución Ministerial N° 099-2020-TR, mediante la cual se aprueba el formato “Declaración Jurada de Asunción de Responsabilidad”, en adelante la "DJ", que deben suscribir las personas que voluntariamente deseen concurrir a trabajar o prestar servicio presencial en las actividades autorizadas, pese a ser consideradas dentro del grupo de riesgo para contraer el COVID-19.

A continuación enviamos los detalles más relevantes de la norma:

1. Pasos previos

Previamente a la presentación de la DJ, deben seguirse los siguientes pasos:

a. Solicitud del trabajador por medios físicos, digitales o virtuales, de la emisión del certificado de aptitud validado por el médico responsable de la salud o quien haga sus veces en el centro de trabajo, quien bajo criterio médico autoriza la realización de labores presenciales, si así lo considera.

b. El empleador debe enviar el certificado de aptitud validado, al trabajador por medios físicos, digitales o virtuales, dentro de las 48 horas de haber sido solicitado por el trabajador.

c. Dentro del mismo plazo, el empleador, a través del médico responsable de la vigilancia de la salud o quien haga sus veces en el centro de trabajo, informa al trabajador que la realización de labores presenciales que le asignen no incrementa su exposición a riesgo.

2. Plazo y procedimiento

a. El trabajador debe remitir a su empleador la DJ debidamente firmada, en un plazo mínimo de 48 horas, previo al reinicio de la prestación de labores presencial en el centro de trabajo.

b. El empleador debe devolver al trabajador la DJ con la firma del representante legal y del médico responsable de la vigilancia de la salud, o quien haga sus veces en el centro de trabajo, en señal de aceptación y conformidad, al menos 24 horas antes del reinicio de la prestación de labores presencial.

c. Para la emisión, firma y remisión de la DJ pueden usarse tecnologías de digitalización, información y comunicación para la sustitución de documentos físicos y firmas ológrafas.

3. Responsabilidad del empleador

Sin perjuicio de la suscripción de la DJ por parte del trabajador, el empleador mantendrá plena responsabilidad por la gestión de la seguridad y salud en el trabajo y por el cabal cumplimiento de sus obligaciones en el marco de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo y para la vigilancia, prevención y control del COVID-19.

4. Conservación

El empleador debe conservar, por medios físicos, digitales o virtuales, una copia de la DJ a fin de exponerla ante cualquier proceso de fiscalización que realice la autoridad.

En caso requiera asesoría para procedimientos de esta naturaleza y, en general, para el cumplimiento de nomatividad empresarial, puede contactarnos al siguiente correo electrónico: contacto@estudiosanabria.com.

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