El gobierno ha publicado el día de ayer, el Decreto Supremo N° 023-2021, a través de cual se actualizan las restricciones al libre tránsito y las relativas a focalización en relación con el nivel de alerta.
1. Se actualizan las siguientes restricciones al libre tránsito:
2. Se actualizan las siguientes restricciones a las actividades:
3. Tratamiento de Fronteras
Durante el estado de emergencia nacional se dispone el cierre de las fronteras terrestres y consecuentemente la suspensión de los servicios de transporte internacional de pasajeros por esta vía. Se autoriza únicamente el ingreso de peruanos y extranjeros residentes, cumpliendo con los protocolos dispuestos por el MINSA. Se encuentran excluidas los empleadores que requieran servicios de trabajadores extranjeros, previa comunicación a la Autoridad Sanitaria internacional competente y realizando el monitoreo diario de la sintomatología COVID-19.
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