El Gobierno ha publicado el Decreto Supremo N° 046-2021-PCM, a través del cual se dispone modificar los niveles de alerta por provincia y departamento y se actualizan algunas restricciones a los derechos constitucionales.
A continuación, detallamos los aspectos más relevantes de esta norma:
1. Se modifican los niveles de alerta de y disposiciones de inmovilización social del 15 al 28/03 de acuerdo con el siguiente detalle:
![](https://static.wixstatic.com/media/c879c7_ea6aa531a4af43d38df910c305c829ba~mv2.png/v1/fill/w_850,h_748,al_c,q_90,enc_auto/c879c7_ea6aa531a4af43d38df910c305c829ba~mv2.png)
2. Se precisan las siguientes actividades económicas con restricciones de aforo:
![](https://static.wixstatic.com/media/c879c7_b33289bca20c405f93a0d7da07f3e0de~mv2.png/v1/fill/w_668,h_804,al_c,q_90,enc_auto/c879c7_b33289bca20c405f93a0d7da07f3e0de~mv2.png)
3. Los locales comerciales deben cerrar 2 horas antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción de los ubicados en las provincias del Nivel de Alerta Extremo, que deben cerrar 3 horas antes.
En caso requiera asesoría para procedimientos de esta naturaleza, puede contactarnos al siguiente correo electrónico: lsanabria@estudiosanabria.com.
En caso desee recibir nuestras alertas legales directamente en su celular puede ingresar al siguiente enlace: https://chat.whatsapp.com/Dw7XrmwdJ8i872LQHBdjXF.
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