Este 08 de octubre, es considerado feriado nacional, conforme al Decreto ley N° 713, en conmemoración por el “Combate de Angamos”. En este sentido, en dicho día no existe obligación de realizar labores; sin embargo, subsiste la obligación de la empresa de remunerar dicho día, siendo su ámbito de aplicación para el sector público, así como para el sector privado.
Por otro lado, este 09 de octubre, es considerado día no laborable, de acuerdo al Decreto Supremo N.º 151-2022-PCM, sujeto a compensación, a efectos de generar mayor turismo interno y de fomentar la reactivación económica del país.
Las empresas del sector privado que deseen acogerse al Decreto Supremo N.º 151-2022-PCM, lo tendrán que hacer mediante acuerdo con sus trabajadores, a través del cual se establecerá la forma en la que se recuperará este día, a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
Asimismo, para la fecha antes mencionada en materia tributaria, dicho día será considerado hábil.
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