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Publican reglamentación para aplicación de norma Antielusiva general

Actualizado: 23 may 2019

El Ministerio de Economia y Finanzas, ha publicado el día de hoy, el Decreto Supremo N° 145-2019-EF, que establece los parametros de fondo y forma para la aplicacion de la Cláusula Antielusiva General (CAG), contenida en la norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario, la misma que, quedando en consecuencia a partir del día de mañana, levantada la situacion suspensiva de la CAG, establecida en la la Ley N° 30230.

Entre las disposiciones más relevantes, destacan las siguientes:

  • El Decreto Supremo destaca las competencias del comite revisor, asi como el procedimiento a seguir por parte del agente fiscalizador para aplicar la CAG, en una determinada operación.

  • La exclusión de la responsabilidad solidaria del director que, habiendo tomado participado de un acuerdo vinculado a planificacion fiscal o que, habiendo tomado conocimiento del mismo, manifieste su disconformidad en el Acta o Carta Notarial.

  • La norma tambien indica que, a efectos que el directorio se encuentre obligado a aprobar o no actos, situaciones o relaciones economicas a realizarse en el marco de la planificacion fiscal, estos deben ser propuestos por el gerente general, financiero o general, para su aprobacion en el directorio.

  • Finalmente y no menos importante es la precision de la naturaleza no penal del dolo, negligencia grave o abuso de facultades a que se refiere la presuncion de responsabilidad de los representantes legales, encontrandose a cargo de Sunat la acreditacion de su colaboracion en los actos.

En caso de requerir asesoría para la implementación de un proceso de esta naturaleza y, en general, para el cumplimiento de las normas en materia de clausulas antielusivas y responsabilidades anticorrupción, puedes contactarnos al siguiente correo electrónico: contacto@estudiosanabria.com


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