top of page

Establecen disposiciones para nuevos pases vehículares

Foto del escritor: RedacciónRedacción

El Ministerio de Defensa dio a conocer en horas de la noche del día de ayer, un comunicado lanzado en conjunto con el Ministerio del Interior, los nuevos pases vehículares en linea con las disposiciones contempladas en el Decreto Supremo 094-2020-PCM y tiene por objeto informar a la cuidadania las siguientes disposiciones:

1. Pase Personal Laboral

Este documento seguirá rigiendo para las actividades que ya se encontraban habilitadas y podrá ser gestionado por quienes inicien las actividades economicas contempladas en el Decreto Supremo 094-2020-PC, el pase podrá ser gestionado en el siguiente enlance: www.gob.pe/paselaboral.

los usuarios deberán considerar que este pase: i) se renueva cada cuatro días y ii) debe ser portado en todo momento con el fotocheck o acreditacion de la empresa de darse el caso.

2. Pase Vehicular Distrital

Este documento autoriza el uso de vehículos particulares y se utiliza para las siguientes actividades: i) Abastecimiento de alimentos, ii) Adquisición de medicinas y iii) Servicios financieros.

Para estos efectos estará permitido solo y exclusivamente dentro del distrito de residencia y teniendo en consideración que solo es para 01 persona por vehículo.

Aquellos que opten por el uso de su vehículo para las actividades antes descritas, deberán solicitarlo en www.gob.pe/pasevehicular debiendo registrar su número de documento de identidad, la placa de rodaje de su vehículo y el distrito de residencia.

El pase será válido hasta el 30 de junio del 2020.

3. Algunas consideraciones finales del comunicado:

a. El pase vehicular respectivo deberá ser visible en todo momento en el parabrisas delantero del vehículo autorizado.

b. Los miembros de nuestras FF.AA.; PNP; INPE y Bomberos que encuentren en ejercicio de sus funciones podrán circular con vehículos particulares debidamente identificados

c. Durante la inmovilizacióñn social obligatoria y en casos de emergencia, los vehículos deberán circular con las luces interiores e intermitentes encendidas, a una velocidad máxima de 30 km/h.

En caso requiera asesoría para procedimientos de esta naturaleza y, en general, para el cumplimiento de nomatividad empresarial, puede contactarnos al siguiente correo electrónico: contacto@estudiosanabria.com.

47 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


bottom of page