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Nueva modalidad electrónica de actuaciones inspectivas

El día de hoy se ha publicado el Decreto Supremo 008-2019-TR, que modifica el artículo 12 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo 19-2006-TR.

La referida modificación indica que los inspectores o equipos designados podrán iniciar las actuaciones de investigación, entre otras modalidades, mediante el requerimiento de información por medio de sistemas de comunicación electrónica.

la Superintendencia Nacional de fiscalización Laboral, como autoridad central del Sistema de Inspección del Trabajo, deberá regular los mecanismos de implementación correspondientes.

Esta modificación guarda concordancia con lo estipulado en el Decreto Legislativo 1383, que ya habia sentado las bases para los sistemas de comunicación electrónica en las actuaciones inspectivas.

En caso requiera asesoría para procedimientos de esta naturaleza y, en general, para el cumplimiento de normatividad empresarial, puede contactarnos al siguiente correo electrónico: contacto@estudiosanabria.com.

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