Hoy se publicó la Ley N° 31479, la misma que incorporó el artículo 12° a la Ley N° 31336, Ley Nacional del Cáncer.
Dicho artículo establece que los trabajadores del sector público y privado, sin importar la naturaleza contractual de su vínculo laboral, tienen una licencia anual compensable de hasta dos días hábiles, pudiendo ser estos consecutivos o no.
La finalidad de esta licencia es que sea utilizada por los trabajadores para someterse a exámenes preventivos oncológicos.
Asimismo, para acceder a esta licencia, el trabajador deberá presentar la orden médica en la que se indiquen los exámenes a realizar y coordinar previamente con su empleador, siendo que, posteriormente deberá presentar los documentos que acrediten su atención.
Finalmente, esta licencia será compensada con horas de trabajo, las mismas que serán acordadas con el empleador.
En caso requiera asesoría para procedimientos de esta naturaleza, puede contactarnos al siguiente correo electrónico: aolaechea@estudiosanabria.com.
En caso desee recibir nuestras alertas legales directamente en su celular puede ingresar al siguiente enlace: https://chat.whatsapp.com/Dw7XrmwdJ8i872LQHBdjXF.
Comments