Este jueves 15 de julio vence el plazo para que las empresas cumplan con el pago de la gratificación por fiestas patrias, así como también el pago de la gratificación extraordinaria de acuerdo a la Ley N° 30334.
La gratificación es un beneficio social de carácter remunerativo que se percibe dos veces al año: en julio con ocasión de fiestas patrias y en diciembre por navidad.
En el régimen general, el monto que perciben los trabajadores corresponde a una remuneración completa, mientras que en las pequeñas empresas solo corresponderá el pago de media remuneración.
Es importante señalar que, para el cálculo de este beneficio se toman en cuenta los meses calendario completos laborados entre enero y junio. Asimismo, la remuneración computable será la que perciba el trabajador en la oportunidad en la que se otorga este beneficio, es decir, la remuneración vigente a la primera quincena de julio.
El no pagar oportunamente la gratificación y/o la bonificación extraordinaria, constituyen infracciones sancionables por la SUNAFIL. En este sentido, el no pagar oportunamente la gratificación, es considerado una infracción muy grave en materia sociolaboral y, dependiendo de la cantidad de trabajadores afectados y el tipo de empresa, las sanciones pueden ir desde S/ 1,980.00 hasta S/ 114,928.00.
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