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Empresas de Factoring podrán acceder al fondo crecer para atender requerimientos de Mipymes

El día de ayer el Gobierno ha publicado el Decreto de Urgencia N° 040-2020, a travès del cual establece medidas para promover el financiamiento por parte de las empresas factoring comprendidas y no comprendidas la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros hacia las micro, pequeñas y medianas empresas, que vienen siendo afectadas económicamente por la propagación del COVID-19.

A continuación exponemos las disposiciones más relevantes:

1. Condiciones de las Empresas de Factoring para acceder al Fondo CRECER:

i) Estar registrada o supervisada como empresa de factoring ante la SBS.

ii) No encontrarse incursa, según corresponda, en ningún régimen de intervención, disolución y liquidación o plan de saneamiento financiero o procedimiento concursal

iii) No ser contraparte del fiduciario del Fondo CRECER en un litigio de caracter judicial o administrativo.

iv) Que sus accionistas no se encuentren inmersos en asuntos relacionados a lavado de activos o financiamiento del terrorismo, ni haber recibido sentencia penal alguna.

2. Requisitos de las empresas de factoring para ser coberturados por el Fondo CRECER

i) Información financiera del año 2019, debidamente presentada a la SBS.

ii) Haber negociado facturas negociables durante los últimos doce (12) meses.

iii) Información financiera de los dos (02) últimos años presentada a la SBS.

iv) Haber negociado facturas negociables durante los últimos 24 meses (marzo 2018-febrero 2020).

v) Capital Social no menor a 150 UIT.

3. Las lìneas de crédito otorgadas, tendrán en cuenta los siguientes criterios:

i) Los créditos otorgados por el Fondo CRECER serán deudas de caracter subordinadas ii) Los fondos deberán ser utilizados exclusivamente a financiar operaciones de factoring o descuentos de instrumentos crediticios de micro, pequeñas y medianas empresas proveedoras de bienes o servicios, que tengan ventas no mayores a 23 000 UIT durante el año 2019.

iii) El monto de la línea de crédito por empresa de factoring es por hasta 200% de su capital social

El plazo de cobertura de los recursos del fondo CRECER será hasta el 31 de diciembre de 2020 y será COFIDE, en calidad de fiduciario del Fondo CRECER quien podrà establecer criterios complementarios.

En caso requiera asesoría para procedimientos de esta naturaleza y, en general, para el cumplimiento de nomatividad empresarial, puede contactarnos al siguiente correo electrónico: contacto@estudiosanabria.com.

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