El Gobierno ha publicado el Decreto Supremo 014-2020-TR, a través del cual se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo 1498, norma que otorga accesibilidad al Certificado Único Laboral para Personas Adultas ante el impacto del COVID-19, en adelante “Certiadulto” que consiste en el otorgamiento, en un solo trámite, de toda la información requerida por los empleadores.
A continuación, compartimos los aspectos más relevantes de esta norma:
1. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo implementará en el portal web del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.empleosperu.gob.pe), los módulos o adecuaciones que permitan el proceso de obtención del Certiadulto, en un plazo no mayor de treinta días a partir del día de mañana.
2. El Certiadulto contendrá la información del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, antecedentes policiales proporcionados por el Ministerio del Interior a través de la Policía Nacional del Perú, antecedentes judiciales proporcionados por el Instituto Nacional Penitenciario, antecedentes penales proporcionados por el Poder Judicial, trayectoria educativa proporcionada por el Ministerio de Educación y la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria, y la experiencia laboral proporcionada por el MTPE que se encuentre en el sistema de planillas electrónicas.
3. Las empresas podrán verificar la autenticidad del Certiadulto, a través de la consulta en el portal del Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.empleosperu.gob.pe), para lo cual pueden realizar:
4. El Certiadulto tiene una vigencia de tres meses desde la fecha de su emisión.
En caso requiera asesoría para procedimientos de esta naturaleza y, en general, para el cumplimiento de nomatividad empresarial, puede contactarnos al siguiente correo electrónico: contacto@estudiosanabria.com.
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